A la audiencia previamente designada y que se lleva a cabo en la ciudad de La Plata, las 10.30 horas. del día once de Febrero del año dos mil diez, comparece ante el Señor Agente Fiscal Dr. Jorge Martín Paolini y Secretaria designada al efecto una persona de sexo masculino previamente citada, a quien se le va recibir declaración a tenor del artículo 308 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires, en la I.P.P. Nº06-00-021767-09 caratulada: Orieta, Sergio Daniel; Gianotta, Carlos Fabián; Molina, Gustavo; Hevret, Ariel Orlando; Domínguez, Osvaldo Américo; Martinez, Diego Alberto; Garaña Morales, Carlos Felipe; Ponce Molina, Juan Marcelo s/ Robo calificado por su comisión en lugar poblado y en banda y con arma de fuego”, con intervención del Juzgado de Garantías 5 Departamental, a cargo de la Dra. Garmendia. A continuación se le pone en conocimiento los derechos emergentes del artículo 92 del C.P.P.B.A., en cuanto a que será defendido por el Defensor Oficial, quien intervendrá en el proceso hasta tanto sea sustituido por un abogado de la matrícula que propusiere, como también el derecho que tiene a solicitar prórroga de este acto para proponer defensor si así lo desea. Conforme a lo dispuesto por el artículo 272 del C.P.P.B.A., manifiesta: que desea ser asistido por el Dr. Gustavo Ernesto Carrion, abogado inscripto al C.A.L.P., tomo XXXII, Folio 80, con domicilio legal en calle 9 688, piso 1°, departamento "A" de La Plata, quien oportunamente aceptara el cargo por Secretaría, encontrándose presente en este acto. Seguidamente se le hace saber que ningún interrogatorio podrá ser tomado en consideración cuando su abogado defensor no haya podido asesorarle sobre si le conviene o no declarar, o advertirle sobre el significado inculpatorio de sus dichos, manifiestando que previo a esta audiencia ha mantenido entrevista con el Dr. Carrion, quien lo ha asesorado debidamente sobre su situación procesal. Seguidamente se le solicita que proporcione su nombre y apellido, completo manifestando llamarse: RUBEN OSCAR PEREZ, argentino, titular del D.N.I. N°12.942.984 que exhibe en este acto, con domilicio real en calle 62 número 2705 de La Plata, sin apodo, nacido el 6 de enero de 1959 en la localidad de San Luis del Palmar, provincia de Corrientes, de estado civil casado, hijo de Ramón Perez (v) y de Virgilia Córdoba (v), instruido, de ocupación Comisario Mayor, actualmente prestando funciones como Secretario Ejecutivo del Comité Provincial de Seguridad Deportiva de la Provincia de Buenos Aires. A su vez interrogada si ha sido procesado anteriormente, responde: que no. Acto seguido se le hace conocer detalladamente el hecho que se le imputa, y los elementos de cargo reunidos en su contra, indicados en al auto de citación obrante a fs. 910/916 vta. de la principal, del cual se procede a dar lectura de viva voz en este acto. Que con respecto a la calificación legal, la misma configura “prima facie” el delito de encubrimiento agravado, en los términos de los artículos 277 inciso 1, letra a, inciso 3, letras a y d del C.P. Acto seguido se procede a dar lectura de los artículos 308 a 319 del rito. Preguntado si está dispuesto a prestar declaración o si se niega a ello, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del C.P.P. podrá abstenerse de declarar sin que su silencio implique presunción de culpabilidad, responde: que por consejo del Dr. Gustavo Ernesto Carrion, presente en este acto habrá de prestar declaración. A continuación MANIFIESTA: que el dicente desea aclarar que más allá de ser el Secretario Ejecutivo del CoProSeDe, es un funcionario de carrera de más de treinta años de servicio, con un legajo que habla de su conducta personal y funcional. Que en su legajo esta el camino de su carrera como funcionario público, y la capacitación profesional que tiene en el tema. Que se ha especializado en Europa por eso jamás en su mente pasaria cometer un delito y menos aún para cubrir otro. Que esta acusación más allá de mortificarlo lo ofende. Que en la provincia de Buenos Aires el CoProSeDe tiene el 62% del fútbol argentino, lo cual no es poca cosa. Que tienen un futbol del interior con 582 estadios y fútbol de AFA con 62 estadios. Que de esos 62 estadios, el cuarenta por ciento de ellos esta en el Conurbano Bonaerense, que en este contexto desde que se hizo cargo en el año 2008, lleva jugados doce mil encuentros de fútbol, con un nivel de incidencias menor al uno por ciento. Que obviamente esto no es casual, es trabajo de prevención, trabajo con los actores para que sean actores preventivos, tratando de evitar que siempre el responsable sea el club, como se acostumbraba trabajar en esto. Que esa es la resultancia de su gestión, y ampliando lleva jugados aproximadamente ochenta clásicos de los cuales cincuenta fueron nocturnos. Que el fútbol argentino tiene un gran problema, por lo que cree es un futuro Cromañon, que es el exceso de aforo que se da principalmente en los clásicos, en finales y de masiva concurrencia de público. Que esto trae aparejado una consecuencia inmediata que es avalanchas, el ingreso con papeles pirotecnia que puede derivar en incendios en la tribunal, a la que tendrían que sumarle el sistema obsoleto que tiene el fútbol argentino en la venta de entradas. Que otros paises han dado lugar a la tecnificación de esto y en la Argentina se sigue como hace treinta años atrás. Que fundamentalmente en los partidos de Copa que las entradas son de papel, esto lleva a una falsificación que cada vez es mejor y más sofisticada, a lo que debería agregarse la deshonestidad de los empleados que no cortan el boleto para que vuelva a la reventa, el ingreso con credenciales de los técnicos, futbolistas, arbitros, entradas de protocolo o de favor, todos tienen derecho a pasar, discapacitados con acompañantes, y obviamente los que entran en el momento justo por arrebato evitando el control del brete. Que yendo al partido de la semifinal de la Copa Libertadores de América entre Estudiantes de La Plata y Nacional de Montevideo del año pasado, ocurre un hecho inusual para el fútbol profesional, una desprolijidad inadmisible que veinticuatro horas antes del inicio del partido, los dirigentes no se pongan de acuerdo sobre la cantidad de entradas que se le iba a dar a los visitantes, lo que deriva y avalada por la Confederación Sudamericana de Fútbol en que se jugara el partido sin hinchada visitante. Que obviamente todas las medidas de seguridad estaban destinadas para jugar con hinchada visitante, se establecieron ordenes de servicio con todas las medidas de seguridad, tal como explicara en el escrito que oportunamente presentara. Que el club Estudiantes estaba preocupado con razón, ya que tenía toda la tribuna norte vendida, y sabía que al poner a la venta la sur y las plateas correspondientes, lo debía hacer el mismo día del partido porque no había más tiempo, con los riesgos que esto aparejaba, ya que normalmente no se autoriza vender el mismo día del partido, que esto fue una excepción porque no había público visitante. Que en las consideraciones de riesgo se tenía en cuenta que se iba a utilizar la misma entrada de papel para la tribuna norte y la sur, con sólo una diferencia de un sello. Que de las entradas se encargó el club. Que el riesgo era, que en la oscuridad no se pudieran diferencias las entradas de la norte de la sur, y que mucha gente quisiera pasar de la tribuna sur a la norte que es la tradicionalmente local. Que como es costumbre de los hinchas de estudiantes ir a la tribuna norte, el riesgo era que se superpoblara esa tribuna. Que obviamente esto generó la preocupación de la dirigencia de Estudiantes, fundamentalmente del Sr. Horacio Repuchi quien conoce perfectamente la cancha. Que Repuchi es miembro de la Comisión Directiva de Estudiantes y es quien articulaba con CoProSeDe. Que el Delegado de Seguridad era el Sr. Pereyra. Que cuando analizaron todas las circunstancias con Repuchi, dentro de toda la desprolijidad que había y de la excepcionalidad de la situación, y conociendo los dirigentes la responsabilidad que les correspondía en la organización. Que los dirigentes de Estudiantes brindaron una conferencia de prensa dando a conocer la situación que se había generado con los visitantes, y comunicando la venta de localidades populares y plateas por la boletería de calle 32 y 24. Que las plateas que salieron a la venta correspondían al pasillo 32 que esta en el márgen izquierdo del edificio A y la platea 25 que está a la derecha del edificio A y que linda con la cabecera norte. Que quiere agregar que fue el dicente quien realizó todos los cortes de seguridad del Estadio, es decir los portones que separaban los distintos sectores del Estadio, por lo que sabe en espíritu porque se realizó así. Que con Repuchi decidieron de común acuerdo, fundamentalmente porque Estudiantes era el organizador y la responsabilidad que ello le acarreaba por ley, realizar un acta donde quedara establecido que ante situaciones de conflicto se autorizara la desconcentración o por arriba o por abajo del anillo. Que esto era en función de hacer prevención, ya que deben adelantarse a las cosas que pueden suceder. Que por ejemplo, en el último clásico de Gimnasia y Estudiantes que se disputó sólo con público local, todo el mundo quería ir a la Tribuna de Centenario por sobre la de 60, que es una costumbre, y se sabe bien que el paso hacia el jardín esta vedado. Que como el interés más importante es la vida, acordaron con los dirigentes de Gimnasia que si es necesario se abririan las puertas aunque la gente tuviera que pasar a un lugar no permitido. Que desea que quede claro que la apertura de los portones estaba prevista sólo para el caso de una situación de conflicto o de desborde de las tribunas. Que quede claro que es un acta de prevención que generalmente es lo que hacen para adelantarse a los posibles hechos de violencia. Que no hubo necesidad de utilizarlo porque en los hechos no se dieron conflictos. Que esta decisión tomada verbalmente con Repuchi, derivó en que le enviaran a Pereyra al Co.Pro.Se.De. el día anterior al partido, es decir el 24 de junio, para realizar el acta de articulación. Que quiere agregar como ejemplo, de que esto se realiza en muchos casos, en la cancha de Lanús en el primer partido que jugo Independiente en esa cancha, porque no tenía su cancha, y como no podían medir la cantidad de público que iría, el organizador que era Independiente, solicitó la apertura de plateas, lo que por ser razonable se autorizó. Que esto es un caso pero hay muchos más. Que la organización de la seguridad en los espectáculos de fútbol debe ser dinámica para poder evitar todos los desmanes que se provocan por diferentes situaciones. Que el dicente entiende que el club organizador no puede esperar que sucedan los hechos para pedir autorización, que debe preveerse antes, y si ya están autorizados por el CoProSeDe la policía debe cumplirlo, por eso entiende que el Club Estudiantes actuó bien al pedir la autorización con anticipación y no esperar que se produzca el problema. Que más allá de que la policía deba cumplirlo, los que estaban encargados de la puerta eran del club y podían ordenar la apertura de los portones. Que obviamente si estaban autorizados previamente por el CoProSeDe la policía no podía negarse a que se abrieran los portones. Que el declarante nunca pensó que podía pasar lo que pasó, fundamentalmente porque se carecía de antecedentes, ya que el último incidente de hinchas de Estudiatnes fue en el año 2006 cuando estudiantes jugaba en la cancha de Quílmes. Que el dicente observa que se quiere dar relación al acta con la actuación de Dominguez, que desea aclarar que Dominguez es un funcionario policial y el acta respecto de él se convierte en abstracta, ya que Dominguez no tenía ninguna impedimento para circular, que podía pasar sólo o acompañado. Que desea aclarar que el acta de articulación se realizó el día 24 de junio de 2009, y no otro día como refiere el auto de imputación. Que ese día 24 se presenta el Sr. Pereyra en Co.Pro.Se.De., el dicente redacta el acta en su computadora, la imprimen y la firman ambos, guardando un original el dicente y llevándose otra Pereyra. Que para el dicente el acta no era de trascendente, que en cada partido disponen medidas de seguridad y realizan comúnmente actas de articulación. Preguntado para que diga si el día del partido había libre circulación de espectadores, dice que no, que sólo si se daban las circunstancias antes mencionadas podían abrirse los portones. Que el CoProSeDe no notificó a la policía de lo resuelto en el acta, porque sólo era por si ocurrian las circunstancias antes mencionadas y para salvar las responsabilidad del organizador. Que en relación a la PC que se secuestró en el CoProSeDe, el dicente refiere que realizó el acta en su computadora el día 24 de junio pero no salvo el acta, es decir no la guardó en la computadora. Que ante la trascendencia de los hechos y como el dicente se iba de vacaciones y no tenía el acta guardada, le pidió a un empleado que la pasara nuevamente en la computadora y la guardara, que esto lo hizo Gustavo Lara en una computadora de la secretaria transcribiendo el acta textualmente. Preguntado para que diga por qué razón necesitaba el acta en la computadora si tenía el acta original firmada en su poder, dice que porque tiene todas las actas en la computadora, por las dudas que le desapareciera el acta original en papel. Preguntado para que diga si ese día estuvo en el estadio, dice que estuvo temprano un rato y luego se fue, que se entero que hubo un incidente cuando ya estaba en su casa y lo escuchó por una radio. Que como no sabía la magnitud de la cuestión, a la madrugada del día del partido, quizo ver el incidente en las filmaciones para ver quienes eran los autores. Que lograron identificar a algunos de ellos y esta información la pusieron a disposición de la Comisaría interviniente el mismo día 26 de junio. Que quiere aclarar que Dominguez no era empleado del CoProSeDe, sino de Seguridad en el Deporte, por tanto no dependía del dicente. Que ratifica la presentación que hizo por derecho propio sobre los distintos roles que se cumplían en el operativo. Preguntado para que diga cuándo se enteró el dicente que Dominguez estaba del lado de la tribuna sur al momento de los incidentes, dice que no lo recuerda, porque no es incumbencia suya sino de Seguridad en el Deporte que es de donde dependía Dominguez. Preguntado para que diga si sabe por qué razón estaría Dominguez en la parte superior de la tribuna donde se produjeron los incidentes, dice que estaría trabajando, porque si advierte un movimiento debe estar ahí. ya que su función es monitorear el ingreso y traslado de la hinchada. Que la circunstancias de que Dominguez fuera grabado tanto por las cámaras del estadio como por una cámara de hombro utilizada por personal de la División Seguridad en el Deporte, demuestra que estaba cumpliendo sus tareas. Preguntado para que diga si pudo hablar en alguna oportunidad con Dominguez sobre lo ocurrido ese día, dice que si, que Dominguez lo único que le dijo fue que estaba haciendo su trabajo y no profundizaron la cuestión. Preguntado para que diga si pudo ver todos los videos de ese día, dice que no, que sólo vio la parte de los incidentes. Preguntado para que diga si alguna otra persona del CoProSeDe transitó por el anillo superior junto a Dominguez y los otros imputados, dice que no lo sabe. Preguntado para que diga si Miguel Lattanzio pertenece al CoProSeDe y le refirió algo sobre los incidentes, dice que si pertenece al CoProSeDe y estuvo en el estadio y por supuesto no pudo desconocer los hechos, que éste le comentó que no tuvo ninguna participación activa en los mismos y que sólo había visto lo que pasó de atrás. Que no sabe a qué se referia cuando le decía que lo vio de atrás. Que igualmente dejó toda la cuestión en manos de Asuntos Internos de Policía. Preguntado para que diga quienes son los encargados de sacar las banderas o los hinchas con camisetas que no pueden estar en el estadio, como pasaba con las banderas de Peñarol, dice que el encargado del operativo de seguridad. Preguntado para que diga si era necesario sacar las camisetas y banderas de Peñarol, dice que las camisetas y banderas de peñarol no, si la bandera que aludía a Nacional por los problemas que después se podían suscitar. Preguntado para que diga si se encontraban comunicados de alguna manera los funcionarios del CoProSeDe y de Seguridad en el Deporte mientras se encontraban en el Estadio, dice que no sabe, que incluso conoce que los equipos Nextel se saturan en el Estadio por lo que no pueden utilizarse. Que la gente del CoProSeDe no tiene que tener participación operativa, sólo deben monitorear el operativo de seguridad. Preguntado para que diga si conoce al resto de los imputados en esta causa y qué relación tenía con los mismos, dice que los conoce por su trabajo, al igual que a los hinchas de boca, river y otros equipos. Que no tiene relación con ninguno de ellos, negando todas las relaciones que se le imputan. Preguntado para que cuándo se enteró del disparo dentro de la cancha, dice que al otro día, que se enteró por la policía. Preguntado para que diga si hizo declaraciones en los medios periodísticos sobre el incidente, dice que no lo recuerda precisamente. Seguidamente y leido que le fuera la publicación del Diario Olé del día sábado 27 de junio de 2009 obrante a fojas 76, para que diga si estas fueron sus manifestaciones, dice que no, que no pudo hacer afirmaciones tan contundentes cuando los hechos eran tan recientes, que pueden haber tergiversado sus dichos. Que quiere ratificar que la seguridad y la organización ese día se relajó naturalmente por ser toda hinchada local. Preguntado para que diga si luego de los incidentes y conociéndose que habían herido de bala a un hincha dentro del estadio, intentaron determinar en los videos de las cámaras del estadio cómo habían llegado los imputados hasta la tribuna sur, y cómo se retiraron de la misma, dice que lo primero a lo que apuntaron fue a buscar a los autores de los hechos. Que luego se analizó el VHS que era lo más importante donde estaba la pelea. Que como podía haber responsabilidad de personal policial, Becq remitió todo a Asuntos Internos. Que no sabe si los videos fueron remitidos a Asuntos Internos, no lo recuerda pero seguramente si los pidieron ya los mandaron. Que además se le brindo a la Comisaría de la Jurisdicción todo lo que le iban pidiendo. Que quiere agregar que en el fútbol de ascenso que se juega sólo con hinchada local, la problemática de circular de un lado al otro del estadio es permanente. Preguntado que fuera en los términos del artículo 266 inciso 4 del C.P.P., refiereque actualmente se encuentra trabajando como Secretario Ejecutivo del CoProSeDe, y tiene el cargo de Comisario Mayor. Que vive junto a su esposa, sus tres hijos y su suegra que es la dueña de la casa en el domicilio antes citado. Que percibe aproximadamente diecisiete mil pesos mensuales. Que dos de sus hijos están en edad escolar y otro es estudiante de odontología. Que tiene una camioneta 4x2 marca Dodge. Que no tiene propiedad inmueble a su nombre. ya que son todos bienes propios de su esposa. Que jamás estuvo vinculado con ilícitos penales. Que desea solicitar se le reciba declaración testimonial al Sr. Horacio Repuchi, dirigente de estudiantes, al empleado del CoProSeDe Gustavo Lara, al presidente del Club Gimnasia Gisande, al presidente del Club Independiente Comparada y a Julio Grondona presidente de AFA. Asimismo se requiere se solicite informe al Ministerio de Seguridad sobre el desempeño del dicente al frente del CoProSeDe, como así también estadísticas sobre violencia en el fútbol a partir de su desempeño como Secretario Ejecutivo. Seguidamente se le hace saber al declarante de lo dispuesto, en relación al beneficio de eximición de prisión, por los artículos 179, 180, 185, 189, 190 y ccs. del Código de Procedimiento Penal. Dándose por finalizado este acto, siendo las catorce horas previa e íntegra lectura a viva y ratificación de la presente por parte del declarante, no teniendo nada más que agregar, quitar o enmendar, firmando de conformidad para constancia el imputado, su abogado defensor el Señor Agente Fiscal y por ante mí de lo que doy fe.-